Programa Emplea-T 2026 en Andalucía: la guía definitiva para contratar con hasta 20.000 €
La Junta de Andalucía acaba de autorizar la convocatoria 2026 del Programa Emplea-T con una dotación total de 88 millones de euros: 68 millones para incentivar nuevas contrataciones indefinidas y 20 millones adicionales para convertir contratos a tiempo parcial en jornada completa. Si eres autónomo o tienes una pyme en Andalucía y estás pensando en contratar este año, este programa puede aportarte hasta 20.000 euros por cada trabajador.
En LibreTax hemos analizado la convocatoria oficial publicada en el BOJA y en los Acuerdos del Consejo de Gobierno de la Junta para explicarte exactamente qué líneas están activas, qué importes corresponden a cada perfil y cómo solicitar la ayuda antes de que se agote el crédito.
Atención: el presupuesto se asigna por orden de entrada. No hay lista de espera. Cuando el crédito se agota, la convocatoria cierra automáticamente, aunque la fecha oficial sea el 30 de junio de 2026. Si tienes una contratación reciente o planeas hacer una, presenta la solicitud lo antes posible.

¿Qué es el Programa Emplea-T y cómo funciona en 2026?
El Programa Emplea-T es el principal instrumento de la Junta de Andalucía para incentivar la contratación indefinida estable en el tejido empresarial andaluz. Su mecánica es sencilla: si contratas a una persona desempleada de un colectivo con dificultades de acceso al mercado laboral —o si amplías la jornada de alguien que ya trabaja contigo a tiempo parcial—, la Junta te paga una subvención a fondo perdido.
La evaluación se hace en régimen de concurrencia no competitiva por orden de solicitud. Esto significa que no hay ningún jurado que valore tu expediente frente al de otros. Lo único que importa es llegar antes de que se agote el presupuesto. En 2024, el crédito se acabó meses antes del cierre oficial.
Línea 1: si vas a contratar a tu primer empleado como autónomo
La Línea 1 está pensada exclusivamente para el autónomo que nunca ha tenido personal. El requisito fundamental es que no hayas tenido a nadie contratado en los doce meses anteriores al inicio de la nueva contratación. Es el incentivo más elevado para la primera contratación y está dirigido a personas desempleadas de colectivos con dificultades de acceso al empleo.
| Tipo de jornada | Importe base | Bonus contratación de mujer | Total máximo |
|---|---|---|---|
| Jornada completa | 16.000 € | + 2.000 € | 18.000 € |
| Jornada parcial (≥ 50%) | 8.000 € | + 2.000 € | 10.000 € |
Perfiles subvencionables (Líneas 1 y 2): Jóvenes menores de 30 años · Desempleados de larga duración · Mayores de 45 años. La contratación debe suponer un incremento neto de la plantilla fija respecto a los 3 meses anteriores a la contratación.
Línea 2: para pymes y autónomos que ya tienen plantilla
La Línea 2 funciona de forma idéntica a la Línea 1 en cuanto a importes y perfiles subvencionables, pero está abierta a autónomos que ya tienen algún empleado y a todas las pymes andaluzas. No hay límite de contrataciones por empresa, siempre que cada una cumpla los requisitos de forma independiente y el conjunto no supere el límite de minimis.
| Tipo de jornada | Importe base | Bonus contratación de mujer | Total máximo |
|---|---|---|---|
| Jornada completa | 18.000 € | + 2.000 € | 20.000 € |
| Jornada parcial (≥ 50%) | 9.000 € | + 2.000 € | 11.000 € |
Contratos subvencionables: solo los formalizados entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2026. El programa tiene efecto retroactivo desde el 1 de enero: si contrataste a alguien en enero o febrero y no has solicitado la ayuda, todavía estás a tiempo.
Línea 3: convierte un parcial en jornada completa y cobra hasta 10.000 €
La Línea 3 tiene un enfoque diferente: en lugar de incentivar nuevas contrataciones, premia la mejora de la calidad del empleo ya existente. Si tienes a alguien con un contrato indefinido a jornada parcial igual o inferior al 50%, la Junta te paga por ampliarle a jornada completa.
| Condición | Detalle |
|---|---|
| Importe máximo | Hasta 10.000 € |
| Jornada de partida | Igual o inferior al 50% de la jornada completa |
| Edad del trabajador | Mayor de 30 años en el momento de la conversión |
| Periodo subvencionable | Conversiones registradas del 1 ene al 30 jun 2026 |
| Mantenimiento exigido | 24 meses a jornada completa |
| Presupuesto total | 20 millones de euros |
Requisitos comunes a todas las líneas
Independientemente de la línea que solicites, la Junta exige que la empresa o autónomo cumpla las siguientes condiciones en el momento de la solicitud:
- ✓Actividad y sede en Andalucía Tener domicilio fiscal, sede social o centro de trabajo en Andalucía, con al menos una cuenta de cotización en la Seguridad Social en la comunidad.
- ✓Al corriente de obligaciones Sin deudas con la AEAT, la Seguridad Social ni con la propia Junta de Andalucía.
- ✓Incremento neto de plantilla fija La nueva contratación (o conversión) debe representar un aumento real del número de empleados fijos respecto a los tres meses anteriores.
- ✓Mantenimiento del contrato 24 meses Si el trabajador causa baja por motivos no imputables a la empresa, tienes un mes para sustituirlo sin perder la ayuda.
- ✓Sector privado exclusivamente Las entidades del sector público y las empresas con participación pública están excluidas del programa.
Contrataciones que quedan excluidas
- Contratos con familiares directos del empleador
- Contrataciones a través de ETT
- Relaciones laborales de carácter especial
- Personas empleadas por la empresa en los 6 meses anteriores
- Contratos ya subvencionados por otro programa
- Fijos discontinuos y personal directivo
Situación: La clínica tiene dos auxiliares con contratos indefinidos a jornada del 40% (ambas mayores de 30 años). Quiere ampliarlas a jornada completa en mayo de 2026.
Resultado: Puede solicitar la Línea 3 por cada auxiliar. Importe máximo: 10.000 € × 2 = 20.000 € totales. Obligación: mantener ambas a jornada completa durante 24 meses.
Gestión: La conversión debe estar registrada en la Seguridad Social dentro del periodo subvencionable (antes del 30 de junio de 2026) y la solicitud presentada telemáticamente antes de esa fecha o antes de que se agote el crédito.
✅ Ventajas del Programa Emplea-T
- Subvención a fondo perdido: no hay que devolver nada si se cumplen las condiciones
- Compatible con otras ayudas públicas bajo régimen de minimis
- Evaluación por orden de entrada: sin competir con otros expedientes
- Bonus adicional de 2.000 € por contratar mujeres
- Retroactividad: cubre contratos desde el 1 de enero de 2026
❌ Condiciones a tener en cuenta
- Mantenimiento obligatorio del contrato 24 meses o devolución proporcional
- Presupuesto limitado: puede agotarse antes del 30 de junio
- Solo colectivos específicos en Líneas 1 y 2 (no vale cualquier perfil)
- Tramitación exclusivamente telemática con certificado digital
- Resolución de hasta 6 meses desde la presentación
Cómo solicitar el Emplea-T 2026: pasos concretos
- 1Verifica la elegibilidad de tu contratación o conversión Comprueba el colectivo del trabajador, que el contrato sea indefinido y que exista incremento neto de plantilla. Si tienes dudas, consúltanos antes de solicitar.
- 2Reúne la documentación Datos de la empresa (NIF, cuenta de cotización), contrato formalizado o conversión registrada, datos del trabajador y certificados de estar al corriente de pagos.
- 3Presenta la solicitud online a través del Registro Electrónico de la Junta Línea 1: lajunta.es/6dqwh · Línea 2: lajunta.es/6dqwi · Línea 3: sede electrónica de Empleo. Necesitas certificado digital o Cl@ve.
- 4Espera la resolución (máximo 6 meses) La evaluación es por orden de entrada. No hay que presentar documentación adicional durante la resolución salvo requerimiento expreso de la Junta.
El consejo del experto · LibreTax
En el Emplea-T el mayor error es la demora. Hemos visto convocatorias anteriores agotarse antes de julio. Si has contratado a alguien entre enero y marzo y no has pedido la ayuda, podrías estar dejando sobre la mesa entre 10.000 y 20.000 euros. En LibreTax revisamos tu situación de forma gratuita: si eres elegible, gestionamos toda la solicitud y el seguimiento hasta el cobro.
¿Has hecho una contratación este año en Andalucía?
Revisamos tu caso gratis. Si eres elegible, te tramitamos todo el Emplea-T.
Preguntas frecuentes sobre el Emplea-T 2026
¿Puedo solicitar varias ayudas para diferentes contratos en la misma empresa?
Sí, siempre que cada contratación cumpla los requisitos de forma independiente. El límite global está marcado por el régimen de minimis: el total de ayudas acumuladas no puede superar los 300.000 euros en tres ejercicios fiscales consecutivos.
¿El Emplea-T es compatible con las bonificaciones de la Seguridad Social?
Con carácter general, sí. La subvención Emplea-T y las bonificaciones en cuotas de la Seguridad Social son instrumentos distintos. Sin embargo, una misma contratación no puede superar el coste total del puesto de trabajo si se acumulan todos los beneficios. Consúltanos para hacer el cálculo.
¿Qué ocurre si el trabajador causa baja voluntaria antes de los 24 meses?
Si el cese no es imputable a la empresa, tienes un mes para contratar a un sustituto que cumpla los mismos requisitos. El tiempo del sustituto computa para los 24 meses de mantenimiento obligatorio.
¿Los contratos formalizados en enero o febrero de 2026 son elegibles?
Sí. El programa cubre contratos formalizados entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2026. Si contrataste en enero y no has solicitado la ayuda, puedes hacerlo ahora, pero date prisa: el presupuesto se agota por orden de entrada.
¿Tienes una contratación reciente o planeas contratar en 2026?
En LibreTax revisamos si tu caso es elegible, gestionamos toda la solicitud y hacemos el seguimiento hasta el cobro. Sin complicaciones.
CONSULTAR GRATIS →Fuentes: Resolución de 20 de marzo de 2026 y Resolución de 11 de marzo de 2026 de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial de la Junta de Andalucía. Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de marzo de 2026 (juntadeandalucia.es). Orden de 3 de octubre de 2024 (bases reguladoras). Información actualizada a abril de 2026. Elaborada por el equipo fiscal de LibreTax con fines informativos generales; no sustituye el asesoramiento laboral individualizado.
